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viernes, 12 de marzo de 2010

Continúa el juicio a los activistas detenidos por denunciar el contrabando de carne de ballena


Aomori, Japón En el día de ayer Junichi Sato y Toru Suzuki declararon ante el Tribunal de Distrito de Aomori por exponer el escándalo que involucra el comercio de carne de ballena de dentro una investigación sobre la caza letal que se realiza en Japón. Hoy, en el último día de esta etapa, los activistas contaron con el apoyo de un experto en derechos humanos.

Durante la jornada de ayer la fiscalía sólo dedicó veinte minutos a interrogar a los acusados. Mientras que Junichi explicó las funciones de cada miembro del equipo de investigación, Toru relató la experiencia en torno a su detención: 75 policías fueron enviados para detenerlo, 8 hombres registraron su casa, pasó 26 días en prisión, 23 sin cargos bajo interrogatorio sin abogados y perdió 6 kilos en los primeros 4 días de los 9 de huelga de hambre en protesta por la falta de respeto que tuvo la policía frente la explicación de Greenpeace sobre la investigación.

También declaró que un oficial de la policía le había confesado que generalmente son sólo dos agentes los que detienen a una persona cuando el caso involucra una situación leve como haberse apropiado de una caja.

Después de haber expuesto detalladamente el encubrimiento del contrabando de carne de ballena por parte del programa “científico” de caza de ballenas financiado con impuestos japoneses, la defensa hoy debía demostrar que las acciones de Junichi y Toru estaban justificadas no sólo moralmente sino, también, legalmente. Para ello, se pidió la presencia del profesor Dirk Voorhoof, un experto internacional sobre el derecho a la libertad de expresión, para explicar la importancia de los tratados internacionales que Japón ha ratificado. Uno de ellos es el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) que garantiza las libertades de expresión y la libertad de información. El pacto es vinculante y tiene un lugar dentro del orden jurídico del Japón.

Según Voorhoof, numerosos casos ayudan a establecer criterios para que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos decidan si una persona que ha violado un código penal en la búsqueda de información puede seguir actuando de conformidad con sus derechos de libertad de expresión. A continuación, el resumen de los puntos que Voorhoof ha establecido sobre esos criterios y la aplicación de los mismos al caso de Junichi y Toru:

1. El caso tiene que ver con revelar información que es de interés público. Hay indicios que demuestran que existe un tráfico ilegal de carne de ballena bajo el disfraz de investigación científica. El interés del público y el derecho a saber deben ser considerados.

2. No existían otras alternativas reales y efectivas para obtener pruebas del tráfico de carne de ballena.

3. La caja de “unesu”(o tocino de ballena) que obtuvieron los activistas fue la prueba crucial. Esta evidencia fue convincente y prueba suficientes de que la carne de ballena estaba siendo traficada en secreto.

4. No se hizo ningún daño importante a personas o instituciones. No se realizó daño físico a nadie, sólo un daño menor al retener la caja temporalmente antes de entregarla a la oficina del ministerio público.

5. Está claro que los activistas no tenían intención de robar o adueñarse de mercadería para su beneficio personal. Esto quedó demostrado por el sólo hecho de que llevaron las pruebas y la información a la atención de los medios de comunicación y del público a través de una conferencia de prensa y, luego, entregaron el material a la Fiscalía.

6. Ellos presentaron sus pruebas con integridad, sin sensacionalismo y sin violar la intimidad personal de los miembros de la tripulación, un elemento que demuestra que actuaron de buena fé.

7. Efectos futuros: Si se condena a un periodista, a un ciudadano o a una organización no gubernamental que se encuentra realizando actividades de vigilancia, ello tendrá un efecto paralizante sobre la voluntad de las personas a participar en investigaciones y, en el largo plazo, esto generará un efecto inevitable sobre la calidad de la democracia. Cualquier pena o sanción desproporcionada (cárcel, multa, advertencia e incluso un castigo más leve), estaría violando el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos sobre la libertad de expresión.

Voorhoof señaló al tribunal que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU ya emitió un dictamen estableciendo que tanto la detención de Junichi y Toru, así como la incautación de las computadoras y documentos de la oficina de Greenpeace, violaron el artículo 19 del pacto.

El profesor también declaró que el caso muestra la importancia que posee la transparencia en una democracia. Los medios de comunicación, las ONG y los ciudadanos tienen derecho a contribuir a este proceso: "Si Japón quiere desarrollarse como una sociedad abierta y pluralista, se debería valorar las voces de las ONG y su contribución al interés público. Este caso es una oportunidad real para que la corte emita un fallo histórico, donde el derecho a investigar y recabar información en el marco del pacto esté garantizada, lo que además permitirá a Japón a cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos”, sostuvo.

El juicio a los activistas continuará en el mes de mayo y se espera el veredicto final para junio.

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